ASISTENCIA ESPECIALES

informazioni per assistenza speciale Albastar

PASAJEROS CON NECESIDAD DE ASISTENCIA ESPECIAL

A veces basta un detalle para mejorar el día a los pasajeros, tal vez una sonrisa, una mirada atenta; en otras ocasiones necesitan también habilidades y recursos especiales. Estamos formados en hospitales cualificados en cuidados a personas con movilidad reducida para ofrecer una asistencia específica y gestionar situaciones críticas.

Los pasajeros deben informar a Albastar acerca del tipo de asistencia requerida que mejor se adapte a sus necesidades.

Para garantizar un servicio a la medida de tus necesidades, la solicitud de asistencia para pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida debe realizarse a Albastar con un mínimo de 48 horas antes de la salida de tu vuelo.

Si has reservado tu viaje a través de una agencia de viajes y necesitas solicitar asistencia, deberás ponerte en contacto con dicha agencia.

Es importante especificar el tipo de asistencia requerida, como se describe a continuación.

Cuando viaje con una silla de ruedas, por favor especifique el tipo de silla, sus dimensiones, peso, y si es manual o con batería eléctrica. En cumplimiento de las normas de seguridad respecto a las sillas de ruedas con baterías, la aerolínea aplica restricciones en el transporte de éstas.
En caso de sillas de ruedas con baterías se deberá informar a Albastar al menos 3 días laborables antes de la salida del vuelo.

Además del equipo médico, sin cargo adicional, es posible el transporte de hasta dos aparatos de equipos de movilidad por persona con discapacidad o movilidad reducida, incluidas las sillas de ruedas eléctricas (previa notificación con una antelación de 48 horas y siempre que las limitaciones de espacio a bordo del avión no lo impidan, y sometido todo ello a la aplicación de la legislación pertinente en materia de mercancías peligrosas).

Para asegurarse de que su dispositivo de ayuda para la movilidad pueda transportarse en la bodega del avión, comuníquese con Albastar

Por favor infórmenos si requerirá asistencia especial para:

  • Pasajero que viaja con silla de ruedas manual/eléctrica: Pasajero que viaja con su propia silla de ruedas y puede requerir asistencia en la terminal, así como durante todas las fases de embarque y desembarque del vuelo.
  • Transporte de camilla a bordo: La petición deberá realizarse con 21 días de antelación a la salida del vuelo y la instalación de las camillas esta’ limitada a la flota Boeing 737-400.
  • Asistencia en silla de ruedas desde y hacia la aeronave: Pasajero que puede caminar de forma independiente dentro de la aeronave y bajar y subir escaleras, pero necesita una silla de ruedas u otro medio de transporte para largas distancias dentro de la terminal.
  • Asistencia en silla de ruedas desde y hacia la aeronave y con escaleras: Pasajero que puede caminar de forma independiente dentro de la aeronave y bajar y subir escaleras, pero necesita una silla de ruedas u otro medio de transporte para largas distancias dentro de la terminal.
  • Asistencia visual: Pasajeros ciegos o con problemas de visión, que requieran asistencia en la orientación y comunicación en la terminal y en el avión.
  • Asistencia auditiva: Pasajero con pérdida parcial o total de la audición que requiere asistencia para la comunicación en la terminal y en el avión.
  • Pasajeros que viajen con un perro guía: El número máximo de pasajeros invidentes acompañados de un perro guía está limitado a uno por vuelo. Fila asignada 2 DEF.
  • Pasajeros con muletas o andador
  • Pasajeros con problemas respiratorios
  • Pasajeros que utilicen miembros protésicos
  • Pasajeros con miembros escayolados

Los pasajeros invidentes que requieran perro guía podrán embarcar junto a él.
En caso de que el viaje se realice dentro de la Unión Europea deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  • Identificación mediante tatuaje o microchip.
  • Pasaporte emitido por un veterinario que certifique que está vacunado contra la rabia (más de 30 días y menos de 12 meses).
  • Mínimo de 3 meses de edad (edad necesaria para la vacunación obligatoria).

En el caso de que el viaje se realice a otro país no perteneciente a la Unión Europea se deberán tener en cuenta todos los requisitos establecidos por dichos países.

Los pasajeros que lleven una escayola no deberían viajar durante los primeros siete días desde la colocación de la escayola. En cualquier caso, si el pasajero decide viajar será bajo su responsabilidad, firmando el correspondiente descargo.

Las condiciones de aceptación de pasajeros con brazos y/o piernas escayoladas serán las siguientes:

  • Vuelos de duración inferior a 2 horas: durante las primeras 48 horas desde el escayolado se recomienda llevar la escayola abierta en modo longitudinal, mediante un corte practicado en el hospital o por los servicios médicos del aeropuerto. Si el/la pasajero/a no lleva la escayola abierta, deberá firmar un descargo de responsabilidad en el que constará la fecha en que se le escayoló.
    Pasadas 48 horas desde el escayolado, el/la pasajero/a podrá viajar sin restricciones.
  • Vuelos de duración superior a 2 horas: se deberá llevar la escayola abierta en modo longitudinal, mediante un corte practicado en el hospital o por los servicios médicos del aeropuerto. Adicionalmente deberá firmar un descargo de responsabilidad en el que constará la fecha en que se le escayoló.

Reserva y asignación de asientos – acompañante

Por razones de seguridad, no es posible asignar asientos en las filas de salida de emergencia. Dichos asientos deben asignarse solo a personas que puedan ayudar en caso de evacuación (p. ej., manejando las ventanas de emergencia). Siempre que sea posible, en función del factor de ocupación de los pasajeros, se mantendrán libres los asientos contiguos.

Por razones de seguridad, no es posible asignar asientos en las filas de salida de emergencia. Siempre que sea posible, en función del factor de ocupación de los pasajeros, se mantendrán libres los asientos contiguos.

La asignación de asientos para personas que acompañen a personas con discapacidad o con movilidad reducida no tendrá ningún cargo adicional. Si viaja con un acompañante, Albastar hará todos los esfuerzos razonables para asignarle un asiento a su lado o cercano.

Se asignará un asiento de ventanilla, debiendo el acompañante sentarse junto al pasajero con discapacidad o movilidad reducida.

Salvo en los vuelos especiales fletados para pasajeros discapacitados, dos o más pasajeros discapacitados no podrán sentarse en la misma fila de tres asientos.

El asiento de la cabina se asignará de acuerdo con los procedimientos de la Compañía y los pasajeros que transporten su propia silla de ruedas deberán tener un asiento asignado a fin de conciliar el dispositivo de ayuda para la movilidad que se lleva en el compartimiento de carga de la aeronave con su propietario.

Albastar se compromete a proporcionar toda la información esencial relativa al vuelo en formato accesible sin cargo adicional.

Albastar hará todo lo posible para asignar los asientos conforme a las necesidades de cada pasajero con discapacidad o con movilidad reducida siempre que sea requerido y sujeto a los requisitos de seguridad y disponibilidad.

Sin cargo adicional, en cumplimiento de las necesidades de privacidad de los pasajeros y de la normativa europea que protege la seguridad física de los tripulantes de cabina, el personal de Albastar se compromete a atender a toda persona con discapacidad o con movilidad reducida que requiera de asistencia para el desplazamiento a los servicios si fuera preciso.

Asignación de asientos de Grupos de pasajeros con movilidad reducida:

Los grupos de pasajeros con movilidad reducida deben estar sentados a lo largo de toda la cabina para garantizar que cada pasajero con movilidad reducida esté rodeado por el máximo número de pasajeros capaces de ayudar en caso de emergencia.

Asignación de asientos y número máximo de pasajeros con movilidad reducida por aeronave:

Los pasajeros con movilidad reducida no deben sentarse junto a una salida de emergencia.

 

Grupo de pasajeros en condiciones fisicas especiales capaces de alcanzar salidas sin ayuda, con algunas indicaciones Acompañantes requiridos
   
De 1 a 12 1
De 13 a 24 2
De 25 a 36 3
De 37 a 46 4
   
   
Grupo de pasajeros en condiciones fisicas especiales capaces de moverse por sì mismo, pero con dificultad Acompañantes capacitados
   
Por cada pasajero 1
   
Grupo de pasajeros en condiciones fisicas especiales incapaces de moverse por sì mismos  
   
Por cada pasajero 2
   
   

Cuando el número de pasajeros con movilidad reducida sea una proporción significativa del número total de pasajeros a bordo, éste no podrá exceder el número de personas que estén en condiciones de prestar asistencia en una evacuación de emergencia.

Los pasajeros con movilidad reducida deben ser asignados al final de la ruta de evacuación de cada tipo de aeronave de acuerdo con la configuración de asientos.

En caso de que alguna puerta o salida quede inoperativa, la reducción de pasajeros será la especificada en el procedimiento de la línea aérea, no admitiéndose en este caso el transporte de pasajeros con movilidad reducida.

Equipo de movilidad

Todo el equipo de movilidad necesario, incluidas las sillas de ruedas eléctricas, está sujeto a un aviso previo de 48 horas y a las posibles limitaciones de espacio a bordo de la aeronave, y sujeto a la aplicación de la legislación pertinente en materia de mercancías peligrosas.

Al transportar sillas de ruedas eléctricas manuales (WCMP), se debe indicar si la silla de ruedas es plegable/plegable o rígida. Si el dispositivo es una silla de ruedas rígida se deben indicar sus medidas (alto, largo y ancho), así como su peso.

El transporte de sillas de ruedas eléctricas o ayudas a la movilidad eléctrica (EMA) está sujeto a la autorización previa de la Compañía y Albastar hará todo lo posible para aceptar los artículos para el transporte, siempre que la ayuda a la movilidad cumpla con los requisitos del Reglamento de Mercancías Peligrosas.

Para garantizar el transporte de su silla de ruedas eléctrica, respete los siguientes requisitos:

Con un mínimo de 48 horas de antelación cuando la ayuda a la movilidad esté alimentada por una batería de celda seca o de gel (identificada como AGM, DRY CELL, GEL CELL, SLA).

Con un mínimo de 72 horas de anticipación cuando la ayuda para la movilidad funciona con una batería de iones de litio y una batería de polímero de iones de litio (para permitir que Albastar establezca las medidas adecuadas para garantizar el transporte seguro del dispositivo.

Limitaciones: hasta un máximo de 300 Wh por batería, a menos que la ayuda para la movilidad funcione con dos baterías, entonces la clasificación máxima de Wh no puede exceder los 160 Wh por batería.

Cuando una ayuda para la movilidad alimentada por batería u otra similar esté diseñada específicamente para permitir que el usuario retire sus baterías (por ejemplo, plegable):

  • La batería debe retirarse y transportarse en un embalaje rígido y resistente que debe transportarse en el compartimiento de carga en el caso de baterías secas y solo en la cabina de pasajeros en el caso de baterías de litio. La batería debe colocarse en una funda protectora, especialmente diseñada para tal fin.
  • La extracción de las baterías del dispositivo debe realizarse siguiendo las instrucciones del fabricante o propietario del dispositivo.
  • Las baterías deben estar protegidas de cortocircuitos.

Albastar no acepta wet battery (spillable) para sillas de ruedas.

richieste di assistenza speciale

Requerimientos especiales

Si estás programando tu viaje con Albastar y necesitas asistencias especiales, te rogamos que contactes con tu agencia de viajes con antelación o escribas a la dirección comunicando tus necesidades, para que podamos proporcionarte la mejor experiencia de vuelo posible.

Albastar.es